LA VIDA DESDE LA CONCEPCIÓN IMPLEMENTADA DE 1969.
- Dr. Alarcón Delgado
- 12 abr 2017
- 2 Min. de lectura

El Dr. Antonio Alarcón Delgado, con el cargo de Procurador General de la Defensa de los Derechos Humanos en el Estado de la Organización Frente Mexicano Pro Derechos Humanos y con varios cargos en el Estado de Veracruz como Defensor de los Derechos Humanos manifiesta que la vida de una persona empieza desde el momento de la concepción, toda vez que ya viene establecida desde el año 1969, por la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José).
“México fue adherido el 24 de marzo del año 1981 a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y en esa misma fecha entrando en vigor; donde en su artículo 4° primer párrafo establece: Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
Menciona el Procurador General que México en el artículo 4° CADH se reserva en relación a la expresión “en general”, no constituye obligación de adoptar o mantener en vigor que proteja la vida “a partir del momento de la concepción” ya que esta materia pertenece al dominio exclusivo de los Estados.
“México no estaba en contra de la vida al momento de la concepción, sino les daba dominio a los Estados para que lo Establecieran”, agrega que en el año 2010 varios Estados de la República ya habían insertado el termino en sus Constituciones Locales como Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora y Yucatán.
Agrega que en Veracruz en el año 2016 después de 35 años implementan el término de la concepción en su artículo 4° primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dr. Alarcón menciona que tenemos que tomar en referencia el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se toman los principios pro homine o pro persona, en relación a las normas relativas a los derechos humanos de tratados y convenios internacionales favorecer a las personas la protección más amplia, y no dejando a un lado el control de convencionalidad sobre la aplicación. – finaliza -
Comments