RECTOR PRINCIPAL DEL NACIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS.
- Dr. Alarcón Delgado
- 9 abr 2017
- 2 Min. de lectura
La idea de dignidad aparece en los textos jurídicos firmemente ligada al concepto de derechos humanos. Los hombres tienen derechos que han de ser reconocidos por el poder político porque tienen dignidad. La dignidad humana es la causa de que se reconozcan derechos, es su justificación.
Esta idea la expresa magistralmente A. Heller y la escuela de Budapest, en el sentido de señalar que:”El derecho a tener y a poner en práctica derechos es la especificación del valor de la dignidad humana“. De igual forma manifiesta: ”Si observamos con atención los Preámbulos y los textos articulados de la Declaración Universal y de los Pactos internacionales, podemos concretar el contenido esencial de éstos como el derecho a tener derechos”.
Por consiguiente, el término “dignidad” es, relativamente, de reciente aparición en la literatura jurídica. No figuraba en las primeras y emblemáticas declaraciones de derechos de los Estados Unidos de América y de Francia de finales del XVIII, ni en los textos posteriores hasta casi la segunda mitad del siglo XX.

Tradicionalmente, las cartas y declaraciones de derechos se fundaban más en las nociones de libertad, igualdad, propiedad, e incluso búsqueda de la felicidad, que en la de dignidad. Las dos guerras mundiales del pasado siglo y los atentados perpetrados a la dignidad humana con ocasión del auge de los totalitarismos, amén de las atrocidades cometidas con motivo de las guerras coloniales, iban a imponer, ciertamente, un cambio de paradigma en la concepción de los derechos humanos impulsado, ante todo, por los anhelos de paz.
La incorporación de la noción de dignidad a los textos jurídicos se iba a producir en el contexto de la internacionalización de los derechos humanos. Tras la Segunda Guerra mundial se iba a generalizar, primeramente, un sentimiento de rechazo a las violaciones perpetradas a los derechos humanos y, después, se trataría de proceder a una radical rectificación.
Como podemos recordad, los textos internacionales y el constitucionalismo comparado de posguerra son claros exponentes de este proceso. La dignidad personal se va a considerar en estos textos, como el valor fundador de todos los derechos humanos, siendo dichos derechos concreciones o manifestaciones de dicho valor. Se dice, por tanto, que la dignidad de la persona constituye el fundamento incuestionable de la idea de derechos humanos.
Existen, ciertamente, otros valores fundadores de los derechos humanos, como son la libertad, la igualdad, la solidaridad, la seguridad o la paz, pero la dignidad se sitúa antes que ellos, constituyendo una especie de “prius” lógico y ontológico de los mismos. Es el núcleo fundamental de la idea de derechos humanos.
Comments