DERECHO A LA INFORMACIÓN DENTRO DEL MARCO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
- Dr. Alarcón Delgado
- 10 abr 2017
- 2 Min. de lectura

Es incuestionable el papel central que juega la libertad de expresión en el fortalecimiento de la democracia. El derecho a expresar las ideas y difundir las informaciones de que se tiene conocimiento es indispensable para que los habitantes de un país participen en las actividades públicas.
Señala el Dr. Antonio Alarcón Delgado reconocido abogado y corresponsal de presan de un medio de comunicación en el Estado de Veracruz, que la Convención Americana de Derechos Humanos ofrece amplias garantías a la libertad de expresión, las más amplias de los instrumentos regionales de derechos humanos.
Argumenta que la Convención Americana sobre Derechos Humanos afirma en su artículo 13.1 que el derecho a la libertad de expresión e información comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquiera otro procedimiento de su elección.
El Abogado Veracruzano sita que el derecho de acceso a la información es un requisito indispensable para el funcionamiento mismo de la democracia. En un sistema democrático representativo y participativo, la ciudadanía ejerce sus derechos constitucionales de participación política, votación, educación y asociación, entre otros, a través de una amplia libertad de expresión y de un libre acceso a información.
La importancia que se le otorga al derecho de información como principio de participación y fiscalización de la sociedad, la Relatoría ha promovido la necesidad de que los Estados miembros incorporen dentro de su normatividad jurídica leyes de acceso a información y mecanismo efectivos para su ejercicio eficiente, habilitado a la sociedad en su conjunto a efectuar opiniones reflexivas razonables sobre las políticas y acciones, tanto estatales como privadas, que los afecten.
El Doctor Antonio Alarcón Delgado manifiesta que el alcance de la libertad de expresión e información, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que quienes están bajo la Convención tienen no solo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.
La libertad de expresión e información requiere, por un lado, que nadie se arbitrariamente menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento y representa, por tanto, un derecho de cada individuo; pero implica también, por otro lado, un derecho colectivo a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno.
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